Corte Constitucional reconoce a los animales como seres sintientes y no cosas

La Corte Constitucional tumbó una serie de expresiones de la Ley 576 de 2000 o Código de ética para los veterinarios y zootecnistas, que tenían una visión netamente utilitaria de los animales. En cambio, aseguró que son seres sintientes y merecen una protección jurídica contra el maltrato.

Las frases que fueron tachadas se referían a los animales como “medios que”, “en la medida de su utilidad” y “sirven al hombre para el mejor desarrollo y perfeccionamiento de su vida, y al tener la condición jurídica de cosas, constituyen fuente de relación jurídica para el hombre”. La Corte eliminó esta subrogación jurídica de los animales y afirmó que están sujetos a normas especiales de protección, acordes con su condición de seres sintientes.

Otro de los apartados que derogó de esta norma fue el artículo 9, que establece la obligación de las personas que se gradúan como médicos veterinarios o zootecnistas de hacer un juramento en nombre de Dios para cumplir sus obligaciones.

“El juramento, si bien es una institución válida en la Constitución Política y la ley, es también una figura que ha sufrido una transformación, en la medida en que ha pasado de ser una evocación religiosa hasta transformarse en la expresión de un compromiso solemne, sin una relación necesaria con el pensamiento religioso de quien lo expresa”, señaló la Sala Plena.