Tribunal Superior avala la ciudadanía estadounidense del mandatario electo
La doble nacionalidad del presidente electo Abelardo de la Espriella fue ratificada este miércoles 1 de julio de 2026 por el Tribunal Superior de Bogotá al negar una tutela en su contra. El demandante, Gary Ernesto Martínez Gordón, acusó al Consejo Nacional Electoral y a la Registraduría de vulnerar las reglas democráticas por permitir dicha candidatura. El fallo judicial aclaró que “el convocante deprecó el amparo de sus garantías supralegales a la participación política, a la soberanía popular, al debido proceso electoral, la supremacía constitucional, “principio democrático” y “garantía de efectividad de derechos y preservación del orden constitucional”, que estima conculcadas por el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, al haber permitido y mantenido la participación del ciudadano Abelardo Gabriel de la Espriella Otero en el certamen”.
La decisión de la Sala Quinta validó por completo el proceso de votación y desestimó las dudas sobre la ciudadanía estadounidense del mandatario. La corte resolvió el amparo constitucional mediante una orden contundente: “NEGAR la tutela acumulada instaurada por Gary Ernesto Martínez Gordón contra el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil”, sin espacio para argumentaciones o apelaciones sobre la decisión. Tras conocerse el veredicto, el abogado defensor del presidente electo, Germán Calderón España, aclaró a la opinión pública que la organización electoral actuó bajo la legalidad absoluta al avalar la postulación del Tigre y que en todo momento se tuvo presente su doble nacionalidad, hecho que nunca fue ocultado de las autoridades ni de la opinión pública.
La base jurídica del dictamen descansa sobre el artículo 197 de la Carta Política y los precedentes de la jurisprudencia nacional. Calderón España recordó que los colombianos de nacimiento están facultados para ejercer cargos públicos aun si adquieren otra nacionalidad, argumentando que “el régimen de inhabilidades del cargo -artículo 197, por remisión a los numerales 1, 4 y 7 del articulo 179 ejusdem- no erige la naturalización voluntaria en el extranjero, por si sola, en causal de inelegibilidad del connacional de origen; antes bien, el numeral 7 del artículo 179 exceptúa de manera expresa a los colombianos por nacimiento del impedimento derivado de la doble nacionalidad. En concordancia, la Corte Constitucional, en la Sentencia C-151 de 199719, asentó que los colombianos por nacimiento no pierden el ejercicio de sus derechos políticos ni la posibilidad de ocupar cargos públicos por el hecho de adquirir otra nacionalidad”. Así, la doble nacionalidad del presidente cuenta con un blindaje legal directo, pues como añadió el propio vocero, “esta decisión confirma que la Constitución no establece una prohibición para que un colombiano por nacimiento aspire a la Presidencia de la República por el hecho de tener otra nacionalidad. La inhabilidad opera únicamente en los eventos expresamente señalados por la Carta Política y no puede extenderse a situaciones que no están contempladas”.
Este pronunciamiento judicial frena temporalmente la presión ejercida por la oposición liderada por el excandidato presidencial Iván Cepeda, quien amenazó con promover jornadas de desobediencia civil en el país. El senador cuestionó con vehemencia los compromisos externos vinculados a la ciudadanía estadounidense del mandatario electo, exigiendo explicaciones detalladas sobre sus nexos norteamericanos. Cepeda sostuvo en una alocución el día de ayer que “Abelardo De La Espriella tiene ciudadanía estadounidense, para obtenerla prestó juramento de nacionalización en ese país lo cual trae compromisos y obligaciones que se hacen incompatibles con el ejercicio de la función y la condición presidencial en Colombia”, advirtiendo que esta situación obligaría al nuevo gobernante a tomar partido por la nación extranjera en futuras decisiones de Estado, hecho que argumentó sin base o sustento probatorio alguno.

